DEVOLUCIÓN DE IRPF POR MATERNIDAD O PATERNIDAD por Vera Asesores


Publicado el 10 diciembre, 2018 a las 3:43 pm



Desde el día 3 de diciembre de 2018, se puede pedir la devolución de IRPF por maternidad o paternidad. La devolución ha sido aprobada por una sentencia del Tribunal Supremo, que establecía que las prestaciones por maternidad y paternidad estaban exentas del pago de IRPF. La devolución no se va a hacer de oficio, por lo que desde la página web de AEAT se puede solicitar la devolución de IRPF de las prestaciones de maternidad y paternidad a través de un formulario oficial para reclamarlo. El formulario se puede cumplimentar utilizando el sistema REN0 (número de referencia para servicios de renta), Cl@vePIN o Certificado electrónico.
Para abril de 2019 está previsto que se hayan abonado todos los recargos indebidos de IRPF de las prestaciones de maternidad y paternidad. La devolución se realizará de forma gradual:
• Los padres de bebés nacidos entre 2014 y 2015 podrán solicitar la devolución de IRPF desde el 3 de diciembre de 2018.
• Los padres de bebés nacidos entre 2016 y 2017, podrán solicitarlo a partir de enero de 2019.
• Los padres de los bebés nacidos en 2018, tendrán que presentar sus declaraciones en la próxima campaña de la Renta.